CORREA/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado José Andrés Correa Fuentes, en favor de Ángel Ignacio Gutiérrez Castro, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una omisión ilegal o arbitraria al no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de regularización extraordinaria de su situación migratoria, lo que vulnera su garantía fundamental de igualdad ante la ley. Solicita que se acoja su acción y se ordene al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Fundando su acción indica que el recurrente tiene la calidad de residente temporario, agregando que el 19 de junio de 2020, y previo al vencimiento de su visa, solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Sin embargo, y ante la demora de la autoridad, y el temor de quedar en situación irregular, finalmente postulo a la regularización extraordinaria de su situación migratoria, teniéndosele por desistido de todo trámite migratorio previo mediante resolución exenta N° 21092018 de fecha 08 de julio de 2021. Sin embargo, alega que respecto de esta última aún no ha recibido respuesta alguna de la autoridad. Alega que ello constituye un acto ilegal, pues infringe los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N° 19.880, especialmente los principios de celeridad, impulso de oficio y economía procesal, que exigen a las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado actúen por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Afirma que ello conculca la garantía fundamental de igualdad ante la ley del recurrente, ya que hasta la presente fecha han transcurrido más de seis meses sin que la autoridad administrativa se haya pron
Fallo
se resuelve otorgarle una visa de residencia temporal por un año en calidad de titular, quedando regularizada su situación migratoria. Tercero: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental, la denominada acción o recurso de protección requiere para su acogida la concurrencia copulativa de los siguientes presupuestos: a) Una conducta por acción u omisión ilegal o arbitraria; b) La afectación, expresada en privación, perturbación o amenaza, del legítimo ejercicio referido a determinados derechos esenciales garantizados en la misma Constitución y que se indican en el mencionado precepto; c) Relación de causalidad entre el comportamiento antijurídico y el agravio a la garantía constitucional; y d) Posibilidad del órgano jurisdiccional ante el cual se plantea de adoptar medidas de protección o cautela adecuadas, para resguardar el legítimo ejercicio del derecho afectado. Cuarto: Que lo pretendido por el recurrente es que la autoridad emita pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria. Quinto: Que, de los antecedentes de la presente causa, especialmente lo informado por la recurrida, se desprende que el procedimiento administrativo de solicitud de regularización migratoria ya se encuentra afinado, satisfaciéndose la pretensión del actor, especialmente considerándose la dictación de la resolución exenta N° 22486437 de 23 de noviembre de 2022, que le otorgó una visa de residente temporal en calidad de titular por un año. Sexto: Que, en c
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado José Andrés Correa Fuentes, en favor de Ángel Ignacio Gutiérrez Castro, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una omisión ilegal o arbitraria al no emitir pro
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