LA FUENTE/BASTÍAS
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece don Luis Alberto Pérez Yefi, abogado, en representación de don Omar Alejandro La Fuente Nonque, soltero, Rut 17.234.238-8, con domicilio en calle Francisco Bilbao N° 3184, Coyhaique, quien recurre de protección en contra de Paula Andrea Bastías Vargas, Rut 17.855.914-1, con domicilio en calle Raulí N° 1041, Coyhaique; en razón de que la recurrida habría privado y/o perturbado, en forma ilegal y arbitraria, el derecho del número 1, 4, y 24, todos del artículo 19, de la Constitución Política del Estado, solicitando en definitiva, poner pronto remedio al mal causado, obligando a la recurrida a: “1) Eliminar todo contenido publicado en descrédito y difamación de la recurrente de todo sitio web que hayan operado con este fin; 2) Abstenerse de realizar publicaciones de este tipo por cualquier vía y medio en lo sucesivo; 3) Disponer de cualquier otra medida que se estime necesaria a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la recurrente; 4) y Condenar en costas a la recurrida.”. Con fecha 21 de Octubre del año 2022, se declaró la admisibilidad del recurso planteado, solicitándose informe a la recurrida. Con fecha 11 de Noviembre del presente año, con el mérito de la personal efectuada con fecha 25 de Octubre de 2022, y habiendo transcurrido el término concedido para que la recurrida informe respecto del recurso de protección deducido en su contra, se prescindió del informe ordenado. Con fecha 27 de Diciembre del año 2022, se ordenó traer los autos en relación. La vista del recurso se llevó a efecto en la audiencia del día 29 de Diciembre del año en curso, no compareciendo abogados a estrados ni haberse solicitado telemáticamente dicha comparecencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la recurrente fundamentando su recurso, manifiesta, respecto de su representado, que éste tiene 32 años de edad, trabajador dependiente y técnico profesional de mantenimiento industrial, goza de una fama personal de hombre esforzado en el estudio y en el trabajo por sus cercanos, familia y amigos, quien, con fecha 10 de septiembre de este año, se reúne con ocasión de un reencuentro programado con un antiguo y querido amigo de nombre Héctor Muñoz, el que se encontraba acompañado de su pareja, y de una prima de ésta de nombre Gisela Fernanda Lemus Bastías, ésta última desconocida a ese entonces para el recurrente, grupo de personas con quienes compartió, en un ambiente distendido, conversando en varias oportunidades con la recurrida, quien mostró interés y simpatía hacia la persona de su representado, instándolo a seguir compartiendo aun cuando los dueños de casa ya se habían ido a dormir, insistiendo a tal punto de enojarse cuando el recurrente le manifiesta abiertamente que se siente incómodo ante su insistencia, que él actualmente se encuentra en una relación, pareja a quien se debe, reconociendo que insultó a la recurrida, y que solo quería irse para su casa habitación ya que se encontraba con sueño y cansado, haciendo inmediato abandono del lugar. Agrega que, posteriormente, con fecha 17 de septiembre se dirige a la casa de su amigo, donde el fin de semana anterior había sido el encuentro, en esa ocasión es mal recibido y le manifiestan que no es bienvenido, pidiéndole la dueña de casa que se retire del lugar, a lo que el accede aún sin entender el por qué de este cambio de actitud hacia él, y que casi simultáneamente le avisan que una fotografía de él está siendo expuesta desde el perfil de Facebook de nombre “Paula Bastias”, imagen antecedida del siguiente comentario: “Un día estaba mi amiga fumando un cigarro con este loco, después de haber compartido unas cervezas, eran como las 4 de la mañana aprox. cuando de repente este tipo la comienza a tocar, ella diciéndole que pare, el siguió, le bajo la ropa, forzándola, agarrándole los brazos, para que ella no pudiera salir de ahí. Después al día siguiente el muy enfermo le comienza a pedir perdón, diciéndole que se dejó llevar pq ella le había gustado mucho, y tuvo el descaro de pedirle su número para que siguieran en contacto. Ella está muy afectada por lo que pasó ayer cuando vino a la casa, ella se puso muy mal, le dio una crisis, todo por este tipo, ella se puso muy mal cuando lo vió. Este enfermo se llama: Omar Alejandro de la Fuente Nonque para recuerden su nombre, fotos de él no pudimos encontrar, pero si llegamos a pillar algún la subiremos la foto, enfermo de mrda, tenemos mucha rabia por todo esto, ojalá con esto aprenda. [Imagen de Omar De La Fuente N.] Esta es una foto de él loco, para que no olviden si cara []” (SIC). Añade que, en un breve espacio de tiempo, su representado advierte que su imagen está circulando en la plataforma so
Fallo
Fallo del Recurso sobre Garantías Constitucionales y sus modificaciones, se resuelve que: SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por don Luis Alberto Pérez Yefi, abogado, en representación de don Omar Alejandro La Fuente Nonque, en contra de doña Paula Andrea Bastías Vargas y en consecuencia, se ordena que ésta última deberá eliminar, dentro de tercero día, a contar de que la presente sentencia quede ejecutoriada, las publicaciones realizadas en la red social Facebook, que afecten y se refieran a la persona del recurrente, absteniéndose, en lo sucesivo, de efectuar publicaciones del mismo o semejante tenor, en ésta u otra vía análoga. Que, conforme lo dispuesto en el artículo 175, letra b), del Código Procesal Penal, compúlsese la presente causa y remítanse a la Fiscalía Local de Coyhaique, del Ministerio Público, para los fines a que hubiere lugar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Señor Ministro Titular, don Pedro Alejandro Castro Espinoza. Rol Corte N°: 1327-2022.- (Protección).-
Texto Completo (Preview)
En Coyhaique, a treinta de Diciembre del año dos mil veintidós. VISTOS: Comparece don Luis Alberto Pérez Yefi, abogado, en representación de don Omar Alejandro La Fuente Nonque, soltero, Rut 17.234.238-8, con domicilio en calle Francisco Bilbao N° 3184, Coyhaique, quien recurre de protección en contra de Paula Andrea Bastías Vargas, Rut 17.855.914-1, con domicilio en calle Raulí N° 1041, Coyhaiqu
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