LEIVA ARAYA SANTIAGO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, por escrito de fecha 06 de noviembre de 2022, comparece don Jorge Núñez Silva, abogado, quien interpone recurso de amparo en favor de Santiago Alexis Leiva Araya, actualmente privado de libertad en el CDP de Colina I, y en contra del señor Director Nacional de Gendarmería de Chile y del Jefe Interno del CDP Colina I, por el acto consistente en no postular al amparado al beneficio de libertad condicional. Del texto del recurso, en lo pertinente, es posible establecer que el amparado cumple penas de 07 años, por delito de tráfico ilícito de drogas, y 3 años y 1 día, por delito de tenencia de arma de fuego prohibida. Refiere que la condena alcanza 3561 días, habiendo permanecido privado de libertad un total de 2552. Añade que registra “17 MB” en los últimos periodos. De lo anterior, colige que el amparado tiene derecho a ser postulado al beneficio de libertad condicional. Expresa que el amparado participaría de una serie de “cursos” dentro de la unidad penal. No obstante, no habría sido “llamado ni postulado” al antedicho beneficio. Luego, se refiere, bajo el acápite “antecedentes en que se fundamenta la solicitud de libertad condicional”, antecedentes relativos a la situación familiar del amparado. Finalmente, en el petitorio del recurso, solicita “acogerlo a tramitación, este Habeas Corpus, pedir que se tomen con carácter de urgente las medidas y definitiva resolverlo, solicitando los oficios a remitir de conducta de mi representado y tiempo, ordenando que mi representado sea postulado y revisado para finalmente otorgar su Beneficio de la Libertad condicional del Decreto Ley 321, en su articulo 3 y siguientes. a la brevedad posible y se le brinde la debida protección a sus derechos, reestableciendo de esta forma el imperio del derecho. Respetando la norma vigente al momento de su condena, no de su postulación.” (sic) SEGUNDO: Que, por escrito de 29 de noviembre de 2022, comparece don Jorge Núñez Silva, abogado, quien interp
Fundamentos
considerando el saldo que le resta por cumplir, toda vez que su condena finaliza el 15 de noviembre de 2025. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probados avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.
Fallo
Por estas consideraciones, se RECHAZA el beneficio de libertad condicional solicitado por el interno SANTIAGO ALEXIS LEIVA ARAYA, cédula nacional de identidad N°16.716.554- .” SEXTO: Que, por resolución de esta Tercera Sala, de 06 de diciembre de 2022, para entrar a la vista del recurso, se pidió a Gendarmería de Chile informar al tenor del recurso deducido con fecha 26 de noviembre de 2022, debiendo indicar si el amparado se encuentra recibiendo atención médica acorde a su estado de salud. SEPTIMO: Que, cumpliendo lo ordenado, comparece don Héctor Sepúlveda Higuera, abogado en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, quien, respecto a lo reseñado en el motivo precedente, expone: Que, en primer término, la enfermera María Alejandra Tirapegui, Encargada de Salud del C.C.P Colina 1, informa a esta Corte mediante correo electrónico en que se remite informe de salud con fecha 9/12/2022. Además, señala que el paciente Santiago Leiva Araya, rechazó el tratamiento el día 27/11/2022, seguidamente informa que remite el informe del 3/12/2022 y la última interconsulta a Hospital Penitenciario. En cuanto al informe de salud, se consigna con fecha de 9/12/2022, que: PPL sin antecedentes mórbidos, quirúrgicos ni alérgicos en esta enfermería, actualmente sin tratamiento médico. El día 15-11-2022, sufre mordedura de araña en fosa iliaca izquierda, es evaluado por médico de turno en unidad, Dr. Saúl Gutiérrez, quien diagnostica Loxocelismo e indica Clor
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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, por escrito de fecha 06 de noviembre de 2022, comparece don Jorge Núñez Silva, abogado, quien interpone recurso de amparo en favor de Santiago Alexis Leiva Araya, actualmente privado de libertad en el CDP de Colina I, y en contra del señor Director Nacional de Gendarmería de Chile y
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