JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ FRANK IGNACIO BUSTAMANTE OSORIO

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimándose que concurren los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito por el cual se ha formalizado al imputado, y que, en cuanto a la necesidad de cautela, atendido que el señor Bustamante Osorio ha sido previamente condenado en tres oportunidades por idéntico delito que aquél por el cual se le formalizó en esta causa, lo que configura el peligro para la seguridad de la sociedad en los términos que consagra el artículo 140 letra c) inciso cuarto del Código Procesal Penal, al haber sido condenado previamente por delitos a los que la ley asigna igual o mayor pena, resulta forzoso concluir que la prisión preventiva resulta indispensable para la seguridad de la sociedad y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Víctor Manuel Santana Escobar, en audiencia de veintiocho de diciembre de dos mil veintidós, y en su lugar, se decreta la prisión preventiva de don Frank Ignacio Bustamante Osorio, por peligro para la sociedad. Lo anterior, con el voto en contra de la Ministra señora Marcela Araya Novoa, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, por compartir los

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por el juez a quo. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-598-2022

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Fecha: veintinueve de diciembre de dos mil veintidós Sala: Primera Rol Corte: Penal-598-2022 Ruc N°: 2201158894-1 Rit N°: O-7376-2022 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: Ministra (P) señora Marcela Paz Araya Novoa, Ministro señor Pablo Bernardo Krumm De Almozara y Ministro (S) señor Rodrigo Miguel Cid Mora Relator: Anita Niculcar Solís Fiscal: Paula Chávez Navarro Defensor: Ma

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