JUZGADO DE GARANTIA DE LINARES

M.P. C/ ENRIQUE DEL CARMEN OSORIO MUNOZ

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintiocho de diciembre del año en curso, que no dio lugar a la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado ENRIQUE DEL CARMEN OSORIO MUÑOZ, inserta en la carpeta virtual Rit 1-4499-2022 del Juzgado de Garantía de Linares. Acordada con el voto en contra del Ministro don Gerardo Bernales Rojas, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, en atención a la naturaleza del delito, y los antecedentes en que éste se cometió, que hacen estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1604-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintiocho de diciembre del año en curso, que no dio lugar a la medida

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