SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A. CON LEON
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1.- Que, con fecha 29 de noviembre del año en curso, comparece don Antonio Ricardo Álamos Avendaño, en representación del demandante en los autos ejecutivos de cobro de cotizaciones previsionales RIT P-5931-2019, caratulados “AFC CHILE II S.A con MUEBLERIA VALENTINA S A” del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 25 de noviembre de 2022, que no concedió la apelación subsidiaria deducida por su parte por considerarla improcedente conforme lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 17.322. La referida apelación subsidiaria, buscaba impugnar la resolución de fecha 22 de noviembre de 2022, en cuanto aquélla no dio lugar al arresto solicitado. El recurrente considera que la apelación subsidiaria debió ser concedida, toda vez que el inciso tercero del artículo 12 de la Ley 17.322 señala que las resoluciones que decreten el arresto serán inapelables y a contrario sensu, las que denieguen o dejen sin efecto dicho apremio, pueden impugnarse a través del recurso de apelación. Agrega que, el legislador incluye este inciso, para precisar que existe una excepción a la regla general del artículo 8, el cual se deroga tácitamente. Manifiesta, además, que el fin último del procedimiento de cobranza laboral es obtener el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores, incluso por la vía compulsiva, resultando obvio que la resolución que deniega el apremio sea apelable. Solicita se acoja el recurso de hecho y se resuelva que la apelación deducida en contra de la resolución de fecha 22 de noviembre de 2022, debe ser concedida, con costas. 2.- Que, evacuando el correspondiente informe, el Juez recurrido señala que se denegó la apelación deducida, pues el artículo 8 de la Ley 17.322 prescribe que en el procedimiento a que se refiere dicha ley el recurso de apelación sólo procederá en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro seña
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, en causa RIT P-5931-2019. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 925-2022. Laboral-Recurso de Hecho. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: 1.- Que, con fecha 29 de noviembre del año en curso, comparece don Antonio Ricardo Álamos Avendaño, en representación del demandante en los autos ejecutivos de cobro de cotizaciones previsionales RIT P-5931-2019, caratulados “AFC CHILE II S.A con MUEBLERIA VALENTINA S A” del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua
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