JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP C/ RODRIGO IGNACIO ANTILLANCA AGUAYO

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 155 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 1506-2022 REF. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. Sra Antonia Jaar Labarca, Relatora Ad-Hoc. En Valdivia, a veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vio Vargas, Secretario Titular.

Fundamentos

motivos académicos. Estima que decisión no se consideró que, al suspender la medida de arraigo nacional, perderá eficacia la medida de prohibición de aproximarse a la víctima, toda vez que mi representado es ciudadano y residente bonaerense y considerando que las resoluciones judiciales tienen efecto dentro del territorio nacional, no existirá ninguna forma de controlar, ni hacer cumplir la garantía de seguridad de mi representado. Pide que se revoque la resolución apelada y en su lugar se decreté que no ha lugar a la suspensión de la medida contemplada en el artículo 155 letra d) del Código Procesal Penal, esto es, la prohibición de salir del país. Luego alega la defensa y solicita se confirme la resolución apelada por encontrarla ajustada a derecho y comparte los argumentos del Tribunal para ello. Posteriormente alega el Ministerio Público. Las abogadas hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 155 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 1506-2022 REF. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. Sra Antonia Jaar Labarca, Relatora Ad-Hoc. En Valdivia, a veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vio Vargas, Secretario Titular.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS , PARA LA VISTA POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA ABOGADA DE LA VICTIMA EN CAUSA RIT N° 1578-2022, RUC N° 2200373940-K, ROL CORTE N° 1506-2022 REF. Siendo las 10:17 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Mini

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