AUSTRAL LIMITADA/CORTÉS
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º Que la abogada doña Nadya Catalán Ramírez, ha formulado incidente de recusación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 204 del Código Orgánico de Tribunales, respecto del juez don Ricardo Humberto Cortes Cortes, fundado en afectarle la causal de recusación del artículo 196 N° 5 del mismo cuerpo normativo. 2º Que el artículo 118 del Código de Procedimiento Civil establece que cuando deba expresarse causa, no se dará curso a la solicitud de implicancia o de recusación de los funcionarios que a continuación se mencionan, a menos que el ocurrente haya sido declarado pobre, si no se acompaña testimonio de haber efectuado un depósito en la cuenta corriente del tribunal que deba conocer de la implicancia o recusación, de las cantidades que en seguida se expresan, para responder a la multa de que habla el artículo 122. En la implicancia o recusación del Presidente, Ministro o Fiscal de la Corte Suprema, una unidad tributaria mensual. En la del Presidente, Ministros o Fiscales de una Corte de Apelaciones, media unidad tributaria mensual. En la de un juez letrado o de un subrogante legal, juez árbitro, defensor público, relator, perito, secretario o receptor, un cuarto de unidad tributaria mensual. 3º Que de la revisión de los antecedentes y de la certificación que antecede, se advierte que la incidencia no señala en parte alguna haber efectuado la consignación exigida por la disposición precitada, ni se adjunta boleta de comprobante de depósito alguna que dé cuenta del cumplimiento de tal carga. 4º Que, en tal contexto y, no habiéndose acreditado la consignación antes referida, es forzoso concluir que no puede darse curso a la presente incidencia, conforme dispone perentoriamente el inciso primero del artículo 118 del Código de Procedimiento Civil. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible la recusación interpuesta el veintidós de diciembre del presente año. Regístrese
Fallo
se declara inadmisible la recusación interpuesta el veintidós de diciembre del presente año. Regístrese y archívese. N°Civil-18612-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. A sus autos la certificación que antecede. Al folio Nº 1: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1º Que la abogada doña Nadya Catalán Ramírez, ha formulado incidente de recusación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 204 del Código Orgánico de Tribunales, respecto del juez don Ricardo Humbert
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