JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA

BENY MARGARITA BARRA YAÑEZ C/ JEANS ALIRIO CHAVARRO CARRILLO

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que de los antecedentes incorporados por el Ministerio Público ante la señora Juez de Garantía se desprende que se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 431 y 432 del Código Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 140 del mismo cuerpo legal, además de lo prevenido en los artículos 1º y siguientes de la Convención de Montevideo sobre Extradición de 1933, y en el Tratado de Extradición entre Venezuela y Chile de 2 de junio de 1964, ya que el requerido fue formalizado en ausencia como autor del delito consumado de secuestro con violación, previsto y sancionado en el artículo 141 inciso final del Código Penal, para el cual se contempla una pena en abstracto que va desde el presidio mayor en su grado máximo –de quince años y un día a veinte años- hasta el presidio perpetuo calificado; existiendo fundados antecedentes de que el encartado se encuentra residiendo en la ciudad de San Cristóbal, en la República Bolivariana de Venezuela; por lo que se hace lugar a la solicitud de extradición activa formulada por el Ministerio Público respecto del imputado Jeans Alirio Chavarro Carrillo, en los términos contemplados en el artículo 436 del Código Procesal Penal, debiendo solicitarse por el Ministerio de Relaciones Exteriores se practiquen las gestiones diplomáticas que fueran necesarias con el objeto de obtener la extradición del ciudadano Jeans Alirio Chavarro Carrillo, adjuntándose copia íntegra de estos autos, trascripción de la audiencia de solicitud de extradición y de la audiencia verificada en esta Corte, los textos legales aludidos en dicha norma y la totalidad de la información acompañada con respecto a la filiación, identidad, nacionalidad y residencia del requerido. Ténganse por incorporados los documentos ofrecidos por el Ministerio Público en esta audiencia. Regístrese, comuníquese y devuélvase en su oportunidad. Ruc N° 2200950208-8. Rit 2387-2022. N°Penal-2900-2022.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, siendo las 12: 23 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, quien preside, la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y la Ministra suplente Sra. Claudia Parra Villalobos, constituida para la vista de la extradición activa so

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