ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A./CORP.DE DESARROLLO E INV.DEL MAU
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Atendido a lo dispuesto en el artículo 421 del Código del Trabajo: “Serán de competencia de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional los juicios en que se demande el cumplimiento de obligaciones que emanen de títulos a los cuales las leyes laborales y de previsión o seguridad social otorguen mérito ejecutivo; y, especialmente, la ejecución de todos los títulos ejecutivos regidos por la ley Nº 17.322, relativa a la cobranza judicial de imposiciones, aportes y multas en los institutos de previsión. Con todo, el conocimiento de las materias señaladas en el inciso anterior, sólo corresponderá a los Juzgados de Letras del Trabajo en aquellos territorios jurisdiccionales en que no existan Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional”; SE REVOCA la resolución de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, inserta en la carpeta virtual Rol P-2177-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, y se ordena dar curso a la demanda. Sin perjuicio de lo anterior, y contando el Tribunal con un ingreso diverso para este tipo causas antiguas, reingrese al registro correspondiente. Devuélvase N°Laboral - Cobranza-678-2022.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente: Atendido a lo dispuesto en el artículo 421 del Código del Trabajo: “Serán de competencia de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional los juicios en que se demande el cumplimiento de obligaciones que emanen de títulos a los cuales las leyes laborales y de previsión o seguridad social otorguen mérito ej
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