JUZGADO DE FAMILIA MELIPILLA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2022

Materia

ALIMENTOS, OTROS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el día quince de diciembre del año en curso, por la cual resuelve “no ha lugar por extemporánea” respecto a la contestación de la demanda. 2°) Que la decisión que se refiere a la extemporaneidad de la contestación de la demanda no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 201 de Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 27 de la Ley 19.968, se declara inadmisible la apelación deducida en contra de la resolución de...

Fallo

se declara inadmisible la apelación deducida en contra de la resolución de...

Texto Completo (Preview)

CH (nkg) San Miguel, veintiocho de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 1: Vistos: 1°) Que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el día quince de diciembre del año en curso, por la cual resuelve “no ha lugar por extemporánea” respecto a la contestación de la demanda. 2°) Que la decisión que se refiere a la extemporaneidad de la contestación de la demanda

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