TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CAÑETE

MP C/ DILAN FELIPE TORRES SAEZ

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos: 1°) Que, para resolver el recurso de apelación de la defensa es preciso considerar que el imputado fue formalizado en marzo de 2021, decretándose la medida cautelar de arresto en su domicilio, en forma parcial. Se dedujo acusación por el delito de robo en lugar no habitado el día 11 de julio de 2021. Se ha dado cuenta en esta audiencia que hubo de despachar en cuatro oportunidades órdenes de detención en contra del imputado para asegurar su comparecencia a la audiencia de preparación del juicio oral, razón por la que se intensificó la cautelar a la medida de arresto domiciliario total. Asimismo, se debieron disponer por el tribunal Oral en lo Penal de Cañete, cuatro órdenes de detención por no presentarse al juicio oral. 2°) Que, en tales condiciones, se verificó una audiencia de revisión de medida cautelar en la cual el Ministerio Público precisamente solicitó la intensificación de la cautelar vigente, de modo de imponer la prisión preventiva, solicitud que fue acogida por el Tribunal Oral de Cañete atendido los referidos y reiterados incumplimientos, que ameritaban la modificación de la medida de aseguramiento personal; decisión que esta Corte comparte, toda vez que la necesidad de cautela corresponde a una situación dinámica que ha de evaluarse a la luz de los antecedentes de cada caso, que aquí han variado desde la fecha en que originalmente se impuso la primera medida cautelar, haciendo necesaria y proporcional para asegurar los fines del procedimiento aquella que la defensa hoy cuestiona, atendido además que, sólo en dicho tribunal, se han debido despachar cuatro órdenes de detención para asegurar su comparecencia al mismo número de audiencias fijadas para conocer del juicio en su contra. De esta manera, concurre el presupuesto legal del art 141 inciso final del Código Procesal Penal que faculta intensificar la medida cautelar para asegurar la presentación del acusado a la audiencia del juicio oral fijada para el 23 de febrero próximo. Por e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 y 149, del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de veintidós de diciembre pasado, por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Cañete, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva a DILAN TORRES SAEZ. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en forma virtual en la audiencia en que se ha dictado. Sin perjuicio de ello, se ordena notificar por el estado diario. N°Penal-1449-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción HGV/jvm Concepción, veintiocho de diciembre de dos mil veintidós. Visto y oídos: 1°) Que, para resolver el recurso de apelación de la defensa es preciso considerar que el imputado fue formalizado en marzo de 2021, decretándose la medida cautelar de arresto en su domicilio, en forma parcial. Se dedujo acusación por el delito de robo en lugar no habitado el día 11 de julio de 2021

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica