4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

DIAZ GUERRERO MARIA / SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIAY MINERIA ( CASACIÓN Y APELACIÓN ) TOMO II_

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En esta causa seguida ante el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve, en juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual dirigida en contra del SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA y de DEMETRIO GODOY VALENCIA, empresario minero, se acogió parcialmente la demanda. En contra de dicho fallo la parte demandante dedujo recursos de casación y apelación, fundando, el primero, en la existencia del vicio previsto en el artículo 768 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, haberse dado la sentencia ultra petita, esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. A su turno, el demandado Demetrio Godoy Valencia interpuso recurso de apelación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I.- En cuánto al recurso de casación en la forma de fojas 666. Primero: Que, la demandante impugna el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recursos de casación y apelación, fundando, el primero, en la existencia del vicio previsto en el artículo 768 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, haberse dado la sentencia ultra petita, esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. A su turno, el demandado Demetrio Godoy Valencia interpuso recurso de apelación. Con lo relacionado y considerando: I.- En cuánto al recurso de casación en la forma de fojas 666. Primero: Que, la demandante impugna el fallo definitivo de primer grado aduciendo que es nulo por haber incurrido en el vicio de ultra petita contemplado en el numeral cuarto del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que, dicho defecto formal de la sentencia se produciría por el hecho de que el tribunal a quo reguló el quantum indemnizatorio aplicando lo dispuesto en el artículo 2330 del Código Civil, norma conforme la cual, la apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente, en circunstancias que el demandado no contestó la demanda y sólo opuso a la excepción alegando aquello en el escrito de dúplica, lo que resultaría improcedente, por cuanto las excepciones sólo pueden ser interpuestas en la contestación de la demanda, a menos que se trate de las excepciones anómalas, que no es el caso de autos. Tercero: Que, conforme a lo expuesto, el recurso de nulidad supone que al tr

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: En esta causa seguida ante el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve, en juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual dirigida en contra del SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA y de DEMETRIO GODOY VALENCIA, empresario minero, se a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica