HIDALGO
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO y teniendo presente, la naturaleza no contenciosa del asunto, así como la especial función de la recurrente, y lo dispuesto en el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de tres de noviembre de dos mil veintidós, y en su lugar, se deja sin efecto el informe solicitado a la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia decretado a folio N° 21. Devuélvase. Rol Nº 652-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. VISTO y teniendo presente, la naturaleza no contenciosa del asunto, así como la especial función de la recurrente, y lo dispuesto en el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de tres de noviembre de dos mil veintidós, y en su lugar, se deja sin efecto el informe solicitado a la Oficina de Protección d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica