SIN INFORMACION

MÉNDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luisandra Méndez Toro, médico cirujano, de nacionalidad española, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de visa sujeta a contrato de trabajo, vulnerando de este modo el derecho fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en el número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que con fecha 9 de marzo de 2021, la recurrente formuló la petición de visa sujeta a contrato de trabajo ante la autoridad administrativa, la que posteriormente modificó –dado que contrajo matrimonio con un ciudadano chileno– por una visa temporal de residencia por vínculo matrimonial con chileno, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. En cuanto a la ilegalidad destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, enfatizando los artículos 7 y 27, que consagran el Principio de Celeridad. Pide se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición, dentro del plazo de 15 días, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que mediante presentación posterior, la recurrida rectifica su acción constitucional, por cuanto mediante Resolución Exenta N° 14986, de 15 de febrero de 2022, se le otorgó una visa de residencia. Sin perjuicio de ello, denuncia que el “estampado electrónico” no se encuentra disponible, motivo por el cual pide que se active la descarga y obtención del estampado electrónico de la recurrente, y se emita la orden de giro para el pago de los derechos, y remitir los antecedentes al Servicio de Registro Civil e Identificación, con el objeto que la actora pueda obtener su cédula de identi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Luisandra Méndez Toro. Regístrese y comuníquese. Protección N° 1611-2022. Pronunciada por la Séptima Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Córdova Alarcón y el Abogado Integrante señor Claudio García Lamas.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 14: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luisandra Méndez Toro, médico cirujano, de nacionalidad española, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no res

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