SOTO HERRERA ALEJANDRO ESTEABAN/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Gustavo Millaqueo Nahuelpan, defensor público penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor de Alejandro Esteban Soto Herrera, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, por resolución de 24 de octubre del año en curso, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo condena de 5 años y un día por el delito de robo con intimidación. Agrega que registra como fecha de inicio de condena el 2 de noviembre de 2018 y fecha término de esta el 3 de noviembre de 2023 y el tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional, se verificó el 3 de marzo de 2022. Asimismo, registra en los 6 últimos bimestres “Muy Buena Conducta”. Indica que en abril del presente año y, tras cumplir a cabalidad con todos los requisitos legales y reglamentarios (fijados por el D.L. 321, modificado por la ley 21.124 y su Reglamento), el amparado es postulado por Gendarmería de Chile para optar dos veces a la Libertad Condicional cumple con el tiempo mínimo para postular y se encuentra cursando 3° y 4° medio en el Centro Penitenciario, manteniendo una conducta calificada como muy buena y realizando talleres de acondicionamiento físico, básquetbol, trabajo en cuero y madera; además no tiene castigos registrados y no es consumidor de drogas ni alcohol y cuenta con red de apoyo familiar. Argumenta que la Comisión omitió pronunciamiento sobre todos los antecedentes expuestos, los que además de evidenciar cual ha sido la realidad del amparado durante su cumplimiento de pena, son vitales a la luz de la aspiración contenida en el DL 321 que regula la libertad condicio
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Alejandro Esteban Soto Herrera en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 4684-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Al oflio 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Gustavo Millaqueo Nahuelpan, defensor público penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor de Alejandro Esteban Soto Herrera, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro Penitenciario Colina I, en contra de l
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