GT FACTORING SPA/BORZONE MENDOZA ANGELO LTE
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
REVOCATORIAS, ACCIÓN PAULIANA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°. Que esta Corte entiende que la última resolución que recayó en una gestión útil tendiente a dar curso progresivo a los autos es aquella que recibió la causa a prueba, de fecha 10 de octubre de 2019, sin que se observe ninguna otra que tenga esta característica, hasta el 17 de noviembre de 2020, fecha esta última en que uno de los demandados pidió el abandono del procedimiento. 2°. Que, de este modo, se ha cumplido en exceso el plazo a que se refiere el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, debiendo consignarse que el hoy derogado artículo 6° de la Ley N° 21.226 suspendió el término probatorio que hubiere empezado a correr, norma que no es aplicable en la especie puesto que, al día de hoy, ello no ha ocurrido, pues no se ha notificado válidamente la interlocutoria de prueba a todas las partes del proceso. 3°. Que, a mayor abundamiento, aun si se entiende que la última resolución recaída en una gestión útil tendiente a dar curso progresivo a los autos es la que señala la parte demandada, esto es, la de 26 de febrero del año 2020 que citó a absolver posiciones a Vittorio Ítalo Borzone Mendoza, igualmente el plazo de la citada norma del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil se encuentra cumplido. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha 29 de diciembre de 2020, dictada por el 30° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol N° C-3167-2018 y se decide, en cambio, que se hace lugar al abandono del procedimiento promovido en la presentación de fecha 17 de noviembre de 2020, sin costas. Devuélvase. N°Civil-5537-2021.
Fallo
se decide, en cambio, que se hace lugar al abandono del procedimiento promovido en la presentación de fecha 17 de noviembre de 2020, sin costas. Devuélvase. N°Civil-5537-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. A los folios 30 y 31: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°. Que esta Corte entiende que la última resolución que recayó en una gestión útil tendiente a dar curso progresivo a los autos es aquella que recibió la causa a prueba, de fecha 10 de octubre de 2019, sin que se observe ninguna otra que
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica