SIN INFORMACION

LOPEZ/ALLAMAND

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Darwin José López Moya, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Estimando que con ello se vulneran las garantías contenidas en el artículo 19 N° 1 y 2 de la Constitución Política, solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver la solicitud del recurrente. Con fecha 27 de junio del 2.020 estando dentro el plazo establecido de los 90 días antes del vencimiento de la respectiva visa temporaria, se presenta la documentación correspondiente para la Permanencia Definitiva, que desde esa fecha a la actual solo ha avanzado un 66%, y este trámite ha superado el plazo establecido en el Artículo 27 de la Ley 19.880, sin que se tenga una respuesta de fondo a la solicitud de Permanencia Definitiva. Pese a que no ha recibido respuesta de fondo a la solicitud de permanencia definitiva, el recurrente se mantiene viviendo en Chile, manteniéndose estable y trabajando. SEGUNDO: Que al evacuar su informe la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Detalla que mediante Resolución Exenta N° 1571 del 11 julio del año 2019 de la Gobernación Provincial de Los Andes, se otorgó visación de residente Temporaria, válida desde el 20 de agosto de 2019 hasta el 20 de agosto de 2020, obteniendo posteriormente su cédula de identidad chilena con la misma fecha de vencimiento. Luego, con fecha 20 de junio de 2020 el extranjero solicitó ante esta autoridad permiso de permanencia definitiva. Según Resolución Exenta N° 21277045 del Servicio Nacional de Migraciones, de fecha 05 diciembre 2021 se informó al extranjero que la solicitud anteriormente señalada, se encuentra en trámite en etapa de Análisis Resolutivo para ser resuelta. Lo anterior implica a) la validación de pago de derechos, s

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor de Darwin José López Moya, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto, se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, dentro del plazo de treinta días hábiles, adoptándose una decisión definitiva sobre el particular. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-40780-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Darwin José López Moya, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de s

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