SIN INFORMACION

PEREZ JACQUE CRISTIAN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristian Andrés Pérez Jacque, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el C.C.P. Colina I y en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, vulnerando con ello la garantía constitucional reconocida en el N°7 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental. Pide que se acoja la presente acción constitucional y se conceda al amparado el beneficio antes señalado. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante ha desplegado acciones de reinserción, pues intramuros retomó los estudios y finalizó la enseñanza media en el Liceo de la unidad penal y ha orientado su rutina hacia lo laboral. Pese a ello, su riesgo de reincidencia está en nivel medio, con alta sociabilización con pares criminógenos y sin vínculos prosociales, exhibiendo deficiente manejo y resolución de conflictos, con acotado repertorio de destrezas de afrontamiento, su conciencia de delito es parcial pues no logra interiorizar la transgresión normativa, es ambivalente en torno al rechazo explícito a futuros delitos, no integra en su discurso a las víctimas ni el daño cometido a éstas, con un análisis autocentrado, evidenciando una disminuida empatía. A pesar de la presencia de factores de riesgo, no ha formado parte de programas de intervención, explicando que no obtendría mayores beneficios dado el bajo saldo de condena, evidenciando de este modo su desinterés y cierto grado de instrumentalización, imponiéndose la gratificación inmediata frente al esfuerzo, revelando un estado motivacional de cambio en contemplación. Dado q

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que se trata de un interno que pese a desplegar acciones de reinserción, mantiene un riesgo de reincidencia medio, una conciencia del delito parcial y ambivalente en torno al rechazo explícito a futuros delitos, además de no integrar en su discurso a las víctimas ni el daño cometido a éstas. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cristian Andrés Pérez Jacque. Regístrese y archívese. N°Amparo-4142-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristian Andrés Pérez Jacque, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el C.C.P. Colina I y en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del

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