JOFRE MUÑOZ ANDRES RODRIGO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, abogado, por Andrés Rodrigo Jofré Muñoz, actualmente recluido en el C.D.P. Santiago Sur, interponiendo acción de amparo constitucional, en contra de la resolución de 24 de octubre del presente año, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la postulación del amparado, solicitando que se revoque y se ordene concederle el beneficio. Expone que el amparado cumple una condena de 10 años y 1 día por el delito de abuso sexual reiterado. Indica que su representado cumple con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional desde el 31 de diciembre de 2020 y, registra una conducta calificada como “Muy Buena” los últimos seis bimestres. Cita lo resuelto por la Comisión y cuestiona que esta omitió pronunciamiento sobre todos los antecedentes relacionados con su representado y, se basa únicamente en las conclusiones negativas del informe psicosocial, sin explicar por qué estas impiden que termine el proceso en libertad. Agrega que lo más grave es que la Comisión rechazó su postulación “sólo por ser reincidente en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, tener una condena por estafa y un saldo de pena de 1 año y 360 días, razones que no se ajustan a la normativa vigente” (sic). Invoca latamente la normativa constitucional, legal y reglamentaria que regula la acción de amparo y la libertad condicional, respectivamente y, enseguida, argumenta que lo resuelto es arbitrario, por las razones que detalla. Previas citas jurisprudenciales y legales, solicita que se acoja la acción en todas sus partes, ordenando como medida para restablecer el imperio del derecho que se deje sin efecto la resolución que rechazó la libertad condicional del amparado, decretando que se le conceda. Segundo: Que, evacúa informe el señor Ministro don Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, quien indicó que la Comisión resolvió el 24 de octubre últi
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia. Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Andrés Rodrigo Jofré Muñoz. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4663-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 6: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, abogado, por Andrés Rodrigo Jofré Muñoz, actualmente recluido en el C.D.P. Santiago Sur, interponiendo acción de amparo constitucional, en contra de la resolución de 24 de octubre del presente año, d
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