JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CURICO

PÉREZ/FRUTICOLA JOSE SOLER SA.

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO : Doña PAOLA ZUÑIGA SERRANO, abogado, actuando en representación de la demandada FRUTICOLA SOLER S.A., en causa RIT M-45-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, presenta recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 11 de julio de 2022; y solicita que, acogiéndose, se declare la nulidad de la misma en lo pertinente y se proceda a la dictación de una sentencia de reemplazo, por concurrencia de las tres causales que invoca. Luego de efectuar una relación de los antecedentes fácticos, hace presente los hitos más relevantes de la causa, procediendo enseguida a hacer un análisis particular de las causales invocadas, según se resume a continuación. La primera causal: Contenida en la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo. Sostiene la recurrente que es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, toda vez que el sentenciador ha calificado jurídicamente como justificado, por concurencia del perdón de la causal, el despido del actor, ocurrido el 24 de febrero de 2022, habiendo tenido por acreditado que el trabajador no asistió a sus funciones los días lunes 14, jueves 17 y lunes 21 de febrero de 2022. Afirma que se han calificado erróneamente como perdón de la causal los hechos acreditados en el juicio, en circunstancias que es un hecho cierto de relevancia jurídica, reconocido por el sentenciador, que el Sr. Pérez estuvo imposibilitado de justificar las ausencias de los días 14 y 17 de febrero de 2022 y no justificó la ausencia del día 21 del mismo mes, siendo así justificado el despido del actor. Y, de todos los hechos tenidos por acreditados en la sentencia, ninguno apunta a acreditar el perdón de la causal por parte de la empleadora. Agrega que del concepto de perdón – elaborado por la doctrina- es posible desprender la importancia del transcurso del tiempo y la omisión del empleador respecto de la sanción a aplicar. Y, en el presente caso,

Fundamentos

Considerando 14° del

Fallo

se declarare injustificado el despido, pronunciándose sobre la supuesta continuidad laboral y ordenando el pago de las prestaciones detalladas en la parte resolutiva de la sentencia. La segunda causal: Subsidiariamente a la causal anterior, pero en modalidad conjunta y simplemente simultánea en razón de su independencia con la causal presentada en tercer lugar, invoca la causal contenida en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, pues, según aduce, la sentencia se ha extendido a puntos no sometidos a la decisión del tribunal al pronunciarse sobre una materia que no fue sometida a ello, al momento de resolver la excepción de compensación opuesta por su parte, ya que deduce de la sumatoria de dineros pagados por la empresa al actor por concepto de tiempo servido en cada uno de los finiquitos , aquellos descuentos realizados por el aporte del empleador al seguro de cesantía, figura conocida doctrinariamente como vicio de “extrapetita”. Alude al principio de congruencia, según el cual debe existir total conformidad entre la sentencia y las pretensiones que constituyen el objeto del proceso y las oposiciones, a fin de que exista uniformidad jurídica entre todo ello, cuestión que no ocurre en el caso. Observa que, en parte, la sentencia expresa que en base a los hechos acreditados y de conformidad con el petitorio de la demanda, el sentenciador concluye que “corresponde descartar desde ya que se pueda compensar los dineros pagados por la empresa en dichos finiquitos p

Texto Completo (Preview)

Rol de Ingreso N° 435-2022 / Laboral, nulidad Carátula: “Pérez con Frutícola Soler S.A.” _______________________________________________________________________________ Talca, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós.- VISTO : Doña PAOLA ZUÑIGA SERRANO, abogado, actuando en representación de la demandada FRUTICOLA SOLER S.A., en causa RIT M-45-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica