4º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2022

Materia

ALIMENTOS, REBAJA

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme la regla especial en materia de Derecho de Familia según lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 4 de la Ley N° 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, es impugnable vía reposición con apelación en subsidio, siendo el término para recurrir de tres días, contados desde la notificación legal a las partes. 2°) Que del mérito de los antecedentes consta que la resolución en contra de la cual se recurre fue notificada a la parte demandante con fecha trece...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme la regla especial en materia de Derecho de Familia según lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 4 de la Ley N° 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimentici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica