AGUIRRE/MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL CHILLAN
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
hechos señalados por la recurrente no se aprecian actos susceptibles de ser configurativos de vulneración de las garantías constitucionales a que hace alusión el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y teniendo especialmente presente que lo debatido se encuentra sometido al conocimiento del Juzgado de Garantía de esta ciudad, se declara inadmisible el interpuesto don ELGOR LORAM AGUIRRE ORNANI, sin perjuicio de otras acciones o derechos. Al primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: atendido lo dispuesto en el artículo 221 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-8686-2022.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y teniendo especialmente presente que lo debatido se encuentra sometido al conocimiento del Juzgado de Garantía de esta ciudad, se declara inadmisible el interpuesto don ELGOR LORAM AGUIRRE ORNANI, sin perjuicio de otras acciones o derechos. Al primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: atendido lo dispuesto en el artículo 221 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-8686-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan GHS/ Chillan, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. A lo principal: Que, de los hechos señalados por la recurrente no se aprecian actos susceptibles de ser configurativos de vulneración de las garantías constitucionales a que hace alusión el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del Auto Acordado
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica