MORALES/ASOCIACION CHILENA DE SEGUIRIDAD
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 9 de noviembre del año en curso, compareció el señor abogado, don René Rojas Medalla, en representación de doña Arlethy Soledad Morales Tapia, chilena, soltera, jubilada por discapacidad, domiciliada en calle Felipe Mercado Nº 809, ciudad y comuna de Copiapó, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales, en contra de la Asociación Chilena de Seguridad, en adelante la ACHS, representada por Paul Schiodtz Obilinovic, ignora profesión u oficio, o quien lo subrogue o reemplace, ambos con domicilio en calle Vallejos Nº 570, ciudad y comuna de Copiapó, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que pasa a exponer. Indica que como se acredita con los documentos que acompaña, su representada el año 1993, sufrió un accidente laboral, por lo que es atendida por la ACHS, siendo diagnosticada en dicha oportunidad de hernia lumbar, por lo que fue operada el mismo año, quedando con un 20 % de discapacidad. Añade que en agosto del 2005 se produce la primera crisis de dolor lumbar severo, lo que provocó una segunda intervención en el mismo mes, luego, en febrero del 2006, se presenta una nueva crisis, realizándose esta vez una artrodesis en la L5 S1 con injerto de hueso. Indica que en febrero del 2010 la ACHS pensiona a su representada según resolución N°006001710m. Al finalizar el año y tras una nueva evaluación por parte de la Comisión Evaluación de Incapacidad de la ACHS, se determina que esta corresponde a un 40%. Sin embargo, indica que a esta fecha aún su representada continua con crisis de dolor, que van de Eva 8/10 en reposo a 10/10 en crisis, lo que provocaba que estuviese asistiendo constantemente a los centros de urgencias, tanto de la recurrida (ACHS) como de las demás entidades con las que esta tiene convenio, como la Clínica RCR Atacama. Refiere que en el mes de mayo de 2019, su representada presenta sensación de hipoestesia en silla de montar y molestias disúricas, por lo que en julio del mismo año se le efectuó una resonancia magnética Lumbar Estenosis foraminal lumbosacra y una Electromiografía, dando como resultado una Radiculopatía Izquierda (Lesión o comprometimiento de uno o más nervios y de sus raíces nerviosas que atraviesan la columna vertebral, causando dolor, hormigueo, sensación de shock y debilidad de los miembros). Continuando, indica que en octubre del año 2019, se efectúa una nueva intervención quirúrgica (Laminectomía L4-L5 y posterior disectomía L4-L5), generándose nuevos inconvenientes de salud a su representada, siendo ahora diagnosticada con Trastorno Adaptativo mixto, dolor lumbar crónico, entre otros, con una discapacidad funcional del 61%. En el mes de marzo del año 2021, y luego que el equipo de columna determina no haber acción pendiente por parte de éstos, se ordena una nueva RNM lumbar, arrojando como resultado: RNM Lumbar: Disminución de altura del disco L5-S1 observándose protrusión discal posterior lateralizada izquierda que contacta ambas raíces nerviosas descendentes de S1, y determina una estenosis foraminal grado 1 izquierda. Examen físico: En vista de hallazgos compatibles con sintomatología de la paciente de variación de escala de dolor, se sugiere derivación por cirugía de columna. Indica que su representada es atendida por especialistas de la ACHS de la ciudad de Santiago, mediante telemedicina, proponiéndose una serie de intervenciones con la finalidad de aliviar su dolor, fijándose hora de intervención para el día 28 de septiembre del presente año, la que no ocurrió y al consultar por ella, los profesionales de la recurrida indicaron que se agendaría u
Fallo
se decide acoger para retiro de instrumentación L5-S1 y re instrumentación en L4-L5. El 04.10.2019 se retira instrumentación L5-S1, se fija L4-L5, laminectomía descompresiva L4-L5, disectomía L4-L5, instalación de Cage, injertos óseos. Al mes con dolor en el sitio operatorio, sin signos de complicación, no hay clara relación con síntomas radiculares, refiere sentirse muy ansiosa, con crisis esporádicas de pánico. 17. El 21.01.20 ingresa a control con medicina de rehabilitación por dolor crónico, cuadro compatible con síndrome de espalda fallida, con analgesia insuficiente. Propone optimizar la analgesia, control por salud mental, mantener terapia física y seguimiento en dolor crónico. Un comité de columna la evalúa en octubre 2020: no hay aflojamiento de la instrumentación, buena consolidación intersómica y póstero-lateral, sin degeneración de L3-L4-L5 y S1, con imágenes de fibrosis peri radicular, mayor en L5-S1 izquierda, similar a exámenes previos. 18. El 03.09.21 se realiza bloqueo radicular selectivo L5-S1 Izq. Sin mejoría, no quiere más bloqueos. La paciente solicita otra cirugía de descompresión. Hospitalizada entre el 29.11.21 y 06.12.21 para manejo del dolor y reevaluación. Medicina de rehabilitación considera que el cuadro es compatible con un síndrome de espalda fallida, que está recibiendo analgesia adecuada, pese a crisis descritas. Los efectos adversos e intolerancia limitan la terapia. 19. El 14.10.22 en la reunión del equipo de dolor crónico se define que n
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C.A. de Copiapó. Copiapó, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, con fecha 9 de noviembre del año en curso, compareció el señor abogado, don René Rojas Medalla, en representación de doña Arlethy Soledad Morales Tapia, chilena, soltera, jubilada por discapacidad, domiciliada en calle Felipe Mercado Nº 809, ciudad y comuna de Copiapó, interponiendo recurso de protección d
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