LLOVET/POLLAK
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
TESTAMENTO, REFORMA DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya. 2.- Que la apelación de fecha dos de agosto del año dos mil veintiuno, carece de fundamentos de hecho que sustenten las peticiones que contiene, por cuanto se limita a formular los puntos de prueba cuya adición y modificación solicita, sin explicar en forma alguna, en el caso concreto, que estos revistan el carácter de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que justifiquen su incorporación a la interlocutoria de prueba, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha dos de agosto de dos mil veintiuno, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de veintinueve de julio del mismo año. Comuníquese. N°Civil-17853-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. Sin perjuicio que la minuta de remisión señala erróneamente el año en que fue interpuesto el recurso de apelación materia del presente ingreso, se proveerá en la forma en que se indica: Al folio N°3: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del
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