BRIONES/EMPRESA DE TRANSPORTES RURALES TUR BUS SPA (EX LIMITADA)
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho o de peticiones concretas que se formulan al Tribunal. Que en la especie se evidencia que el recurso de autos no cumple con la última exigencia antes dicha, ya que toda vez carece de una pretensión concreta y determinada que se someta al conocimiento y decisión de esta Corte, por lo cual este libelo no puede ser acogido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 480 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandante, con fecha siete de diciembre de dos mil veintidós, en contra de la sentencia de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, notificada el día veinticinco del mismo mes y año, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-3897-2022.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los fundamentos de hecho y derecho o de peticiones concretas que se formulan
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