ROBINSON AMABLE DÍAZ HURTADO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Rodolfo Bórquez Galleguillos, abogado, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Robinson Amable Díaz Hurtado, cédula nacional de identidad N.º 12.944.846-6 , actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°529-2022, de fecha 06 de octubre de 2022, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente pena de 5 años y un día por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación. Señala que cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que “analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un muy alto riesgo de reincidencia. -El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos.”. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión exclusivamente en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisitos exigidos en el artículo 2 N°3 del Decreto Ley 321, y adolecería, en general, de deficiencias metodológicas que detalla en su recurso. Arguye, además, que la Comisión de Libertad Condicional no habría tomado en consideración los avances en el proceso de reinserción social que presenta el actor. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. Acompaña a su recurso 1. Copia de la resolución N°529-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional. 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Ornella Spielman Guerrero SEGUNDO: Que evacuó informe el juez Sr. Pedro Rojas Castro, indicando que se rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado, toda vez que del mérito del informe de postulación psi
Texto Completo (Preview)
Diaz Hurtado, Robinson Amable Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 514-2022.- La Serena, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Rodolfo Bórquez Galleguillos, abogado, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Robinson Amable Díaz Hurtado, cédula nacional de identida
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