SALGADO GÁTICA CHRISTIAN JESÚS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que recurrió de amparo constitucional Fabián Lobos Moreno, abogado, en favor de los intereses de Christian Jesús Salgado Gatica, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado, si bien se encuentra cumpliendo una condena de 3 años y un día por el delito de robo en lugar habitado, cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 321. Del mismo modo, postuló la ilegalidad en el obrar de la recurrida toda vez que se rechazó el beneficio de libertad condicional sin considerar los avances que el amparado ha vivenciado en el penal. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que por resolución de 24 de octubre de los corrientes, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “En efecto, presenta un riesgo de reincidencia, ya que se trata de un interno que efectúa análisis infantilizados y limitado respecto de los hechos por los que cumple condena, minimizando el impacto que su comportamiento ha provocado en terceros. No es consciente de los factores intervinientes y preponderantes, mostrando una descendida empatía ante el daño causado.” Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Gendarmería, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad. Tercero: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional y el informe de postulación psicosocial
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Christian Jesús Salgado Gatica en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4617-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: a todo, téngase presente. Visto y considerando: Primero: Que recurrió de amparo constitucional Fabián Lobos Moreno, abogado, en favor de los intereses de Christian Jesús Salgado Gatica, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de
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