2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FIGUEROA CON FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2022

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se substanciaron estos autos RIT Nº M-375-2022, caratulados “Figueroa con Forum Servicios Financieros S.A”, sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Francisco Javier Figueroa Cabello contra de Forum Servicios Financieros S.A. Por sentencia dictada en audiencia única, de siete de marzo de dos mil veintidós, del juez suplente Francisco Veas Vera, se acogió la demanda, declarando injustificado el despido y condenando a la empresa, en lo que interesa al recurso al pago de $1.546.448, por concepto de recargo legal del 30%, conforme al artículo 168 del Código del Trabajo. Contra esta decisión, la parte demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del ramo, alegando infracción del artículo 161 inciso 1º, en relación a los artículos 162 y 454 Nº1, todos del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista del mismo, oportunidad a la que asistió únicamente el abogado recurrente y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: El recurrente afirma que el

Fallo

fallo fue dictado con infracción a las normas señaladas, al haberse impuesto un requisito no previsto en la ley para entender configurada la causal de necesidades de la empresa invocada en el despido del actor. Refiere que en su demanda el actor adujo que, en su calidad de abogado senior, fue despedido por la causal de necesidades de la empresa, fundada en una restructuración de la dotación de sus trabajadores, por la contracción del mercado de venta de vehículos y, consecuentemente, del financiamiento de dichas operaciones en 2020, lo que se habría agravado con el término de un acuerdo comercial con Nissan Chile, a contar del 31 de diciembre de 2019. En el recurso se asegura que “de la simple lectura de la carta de despido y de la sentencia impugnada” se puede constatar que el sentenciador dio por acreditados todos los hechos contenidos en la carta de despido que conciernen a la causal de necesidades de la empresa. Ahora bien, continúa, para que se configure la causal de necesidades de la empresa se debe cumplir con los siguientes requisitos: a) debe tratarse de una situación objetiva que afecte a la empresa, establecimiento o servicio; b) debe ser grave o de envergadura y permanente y, c) debe existir relación de causalidad entre las necesidades de la empresa y la separación de uno o más trabajadores. Por lo tanto, la justificación del despido exige que existan razones objetivas y externas al empleador y que la terminación “no debe atender nunca a la calidad individual d

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se substanciaron estos autos RIT Nº M-375-2022, caratulados “Figueroa con Forum Servicios Financieros S.A”, sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Francisco Javier Figueroa Cabello contra de Forum Servicios Financieros S.A. Por sentenci

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