SIN INFORMACION

SWETT LAZCANO LAISLAO/JUZGADO LABORAL PREVISIONAL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ismael Olivares Swett, abogado, en favor de don Ladislao Swett Lazcano, empresario, y deduce recurso de amparo en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por haber ejercido incorrectamente sus atribuciones y con ello haber lesionado, perturbado y amenazado gravemente el derecho constitucional de libertad personal del amparado, contemplado en el Nº 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al disponer diversos apremios y órdenes de arresto por no pago de cotizaciones previsionales a los trabajadores de la comunidad Administración Conjunto de Condominios Titán Estación Central, al igual que aparecer, sin que corresponda, en diversas causas como represente de dicha comunidad, lo que estima constituye una amenaza permanente a su libertad, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se restablezca el imperio del derecho, ordenando dejar sin efecto cualquier orden de apremio y/o arresto en contra del amparado en que aparezca como representante de Comunidad aludida, se ordene al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago que en todas aquellas causas en que la Comunidad Administración Conjunto De Condominios Titán Estación Central tenga la calidad de demandada y que el amparado aparezca como representante legal, corregirlo de oficio. En cuanto a los antecedentes, señala el recurrente que el amparado señor Swett, de actualmente 74 años, en el año 2005 comenzó como trabajador independiente a administrar edificios y comunidades, con el tiempo creó una sociedad EIRL, con la razón social es “Procity EIRL” cuyo giro principal es la administración de comunidades. Así, en el mes de noviembre de 2014 habría comenzado a prestar servicios en su calidad de administrador a la Administración Conjunto de Condominios Titán Estación Central, comunidad que está compuesta por al menos 6 edificios entre los cuales se encuentran El Canelo y El Alerce, dos último

Fundamentos

considerando Segundo de esta sentencia, para que dicho tribunal disponga lo necesario, tanto judicial como informáticamente, en relación con el actual representante legal de la Comunidad Administración Conjunto de Condominios Titán Estación Central, con el objeto de, eventualmente, despachar las órdenes de arresto en contra de quien sí tiene la aludida calidad. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-4928-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Ladislao Swett Lazcano. Sin perjuicio de lo anterior, agréguese copia de esta sentencia en cada una de las causas referidas por los informantes e indicadas en el considerando Segundo de esta sentencia, para que dicho tribunal disponga lo necesario, tanto judicial como informáticamente, en relación con el actual representante legal de la Comunidad Administración Conjunto de Condominios Titán Estación Central, con el objeto de, eventualmente, despachar las órdenes de arresto en contra de quien sí tiene la aludida calidad. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-4928-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. A los folios 7, 8, 9 y 11: A sus antecedentes. Al folio 12: A todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ismael Olivares Swett, abogado, en favor de don Ladislao Swett Lazcano, empresario, y deduce recurso de amparo en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por

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