MINISTERIO PUBLICO C/ VICTOR MANUEL LEIVA ESPINOZA
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1° Que en esta causa, Rol Penal N° 1427-2022, la defensa del imputado se ha alzado en contra la de la resolución de fecha 19 de diciembre de dos mil veintidós, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva a Víctor Manuel Leiva Espinoza. 2° Que el imputado en esta causa se encuentra formalizado por el delito consumado de robo cometido en lugar habitado, previsto y sancionado por el artículo 440 N° 1 del Código Penal. 3° Que de los antecedentes de la causa y de los aportados por los intervinientes en estrados, parte policial, declaración de testigos actas y fotografías, se concluye que en esta inicial etapa procesal, se encuentra suficientemente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, existiendo además suficientes elementos para presumir en forma fundada la participación penal del encausado en los mismos, con lo que se encuentran debidamente establecidos los presupuestos contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que en relación a la necesidad de cautela, exigida por la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos, la gravedad de la pena asignada por la ley al delito por el cual se ha formalizado, tratándose de una persona que registra sentencias condenatorias pretéritas por delitos de similares características y con medida cautelar vigente a la fecha de los hechos; unido lo anterior a que los antecedentes proporcionados por la defensa, consistentes, en síntesis, en cuestionar el escalamiento, constituyen argumentos posibles de plantear con posterioridad con más y mejores elementos de convicción y que, por ahora, no son suficientes para amagar los
Fundamentos
fundamentos previamente consignados, con lo que resulta pertinente concluir que la libertad personal de Víctor Manuel Leiva Espinoza constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente confirmar la resolución apelada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de diciembre del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Víctor Manuel Leiva Espinoza. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. Rol Penal N°: 1427-2022.-
Texto Completo (Preview)
CCA/cms. C.A. de Concepción. Concepción, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: 1° Que en esta causa, Rol Penal N° 1427-2022, la defensa del imputado se ha alzado en contra la de la resolución de fecha 19 de diciembre de dos mil veintidós, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva a Víctor Manuel Leiva E
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