SIN INFORMACION

EXPORTACIONES M2 S.A./SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE COQUIMBO

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 10 de noviembre de 2022, comparece el abogado JORGE ANTONIO MORENO SAAVEDRA, domiciliado en calle Los Militares número 4777, piso 21, oficina 2124, comuna de Las Condes, en representación de EXPOTACIONES M2 S.A., RUT N°99.512.730-K, representada legalmente por don Jorge Moreno Bustos, Ingeniero Civil, chileno, domiciliados para estos efectos en calle Melgarejo número 750, oficina 74, comuna de Coquimbo y deduce recurso de protección en contra de la SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGIÓN COQUIMBO –en adelante indistintamente SERNAPESCA o SERVICIO- representada legalmente por doña CECILIA SOLÍS FERNÁNDEZ, C.I. 9.881.379-9, ambos domiciliados en Melgarejo 955, comuna de Coquimbo. Funda el recurso en los siguientes antecedentes de hecho y derecho. Expone que el 14 de octubre pasado, a través de correo electrónico dirigido al representante legal de Exportaciones M2 S.A., un funcionario de la recurrida, individualizado como Roberto Varela Rojas, procede a informar, mediante correo adjunto a la presentación, lo siguiente: “durante Septiembre hemos recibido una serie de denuncias de armadores de embarcaciones y recolectores de orilla, los cuales manifestaron que se usaron maliciosamente sus claves de trazabilidad. Lo anterior implica, que todo el recurso que fue declarado maliciosamente, carece de Origen legal,

Fallo

por tanto, y de acuerdo a lo establecido en la normativa, se debe proceder al bloqueo de los productos derivados del recurso hidrobiológico en cuestión.” El funcionario informa que los recursos que a esa época habían sido adquiridos por su representada conforme la normativa legal vigente, fueron bloqueados por la institución en su sistema de trazabilidad, lo anterior fundado en las supuestas denuncias recibidas durante el mes de septiembre, ninguna vinculada a la recurrente, salvo el mantener en su poder productos que bajo su revisión y al momento de ingresar a sus dependencias, contaba con la respectiva certificación que el mismo servicio entrega a través de plataforma digital. Agrega que SERNAPESCA procedió al bloqueo de los siguientes productos en su sistema de trazabilidad. a. CHASCON O HUIRO NEGRO - SECO (SOLO ALGAS) - NINGUNO - PICADA - FINO - A GRANEL - 1 – KILOGRAMO, LOTE A-150922, 7,5 toneladas. b. HUIRO NEGRO O CHASCON - SECO (SOLO ALGAS) - NINGUNO - POLVO - NINGUNO - A GRANEL - 1 – KILOGRAMO. 0.5 toneladas. c. CHASCON O HUIRO NEGRO - SECO (SOLO ALGAS) - NINGUNO - PICADA - FINO - A GRANEL - 1 – KILOGRAMO, LOTE A-210922, 10,4 toneladas. d. HUIRO NEGRO O CHASCON - SECO (SOLO ALGAS) - NINGUNO - POLVO - NINGUNO - A GRANEL - 1 – KILOGRAMO, LOTE V-230822, 78 toneladas. e. HUIRO NEGRO, 2.5 toneladas. Dice que las especies cuestionadas habían sido ingresadas a las bodegas de la recurrente a contar del 23 de agosto pasado y siendo la última cuestionada de fecha 15 de

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Exportaciones M2 S.A. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Región de Coquimbo Recurso de Protección Rol N° 8333-2022.- La Serena, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 10 de noviembre de 2022, comparece el abogado JORGE ANTONIO MORENO SAAVEDRA, domiciliado en calle Los Militares número 4777, piso 21, oficina 2124, comuna de Las

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