SIN INFORMACION

IVONNE AGUILAR GONZALEZ A FAVOR DE CARLOS ANDRES PALACIOS GAETE CONTRA GENDARMERIA DE CAUQUQENES

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día diecisiete de diciembre de dos mil veintidós comparece doña IVONNE BERNARDITA AGUILAR GONZALEZ interponiendo una acción de amparo en favor de CARLOS ANDRÉS PALACIOS GAETE, y en contra en contra de GENDARMERÍA DE CAUQUENES. Refiere que el 14 de diciembre hubo un allanamiento en el recinto penitenciario de Cauquenes en el que al amparado se le humillo, sometió y golpeó brutalmente, quedando este con lesiones acreditadas en una denuncia y parte médico del mismo día. Describe que el amparado mantiene una excelente conducta y es muy respetuoso. Solicita el traslado del amparado a la unidad penal de Curicó o Talca, e indica que no es el primer incidente, agregando que “espera que se haga una investigación” y que “el maltrato no debe quedar impune”. SEGUNDO: Que previa solicitud de informe, comparece don Roberto Medina Retamal, Mayor, alcaide del Centro de cumplimiento penitenciario de Cauquenes, solicitando el rechazo de la acción. Refiere como consideración preliminar que el traslado es una potestad legal de la administración penitenciaria que se orienta a asegurar las condiciones de seguridad y convivencia al interior de los establecimientos penitenciarios. Explica que la persona por quien se recurre es don Carlos Andrés Palacios Gaete, quien tiene la calidad de Condenado por los delitos de uso malicioso de instrumento privado mercantil y tráfico de drogas, iniciando su condena el 22 de noviembre de 2018 y termina el 22 de noviembre de 2027. Agrega que el inicio de la condena lo fue en el penal de Curicó y se dispuso el traslado a Cauquenes donde se encuentra desde el 26 de junio de 2020. Describe que el 14 de diciembre del presente año siendo las 13 horas se procede a efectuar un registro preventivo en el módulo número 6 con el fin de lograr hallazgo de elementos que pudieran afectar la seguridad del recinto, encontrando finalmente un teléfono celular y 2 elementos cortopunzantes, ambos sin responsables. Señala que en momentos que se hacia el registro el amparado junto a otro interno, desobedecieron la orden entregada por el funcionario Cabo Marcelo Bonatici, respondiendo de manera soez y vociferando insultos al requerírseles el registro corporal, por lo que fueron llevados a la enfermería para la constatación de lesiones, arrojando el documento de rigor, sin lesiones físicas que informar. Narra que el amparado realiza una denuncia que se registra en el parte n°219/2022 contra el cabo Bonatici, señalando como testigo a las enfermeras, denunciando que el funcionario habría usado fuerza desproporcional al reducirlo y esposarlo, y en la enfermería intentar ahorcarlo estando esposado. Agrega que entregada la información a la fiscalía local se le toma declaración a las testigos quienes relatan que el funcionario y el interno no se agredieron. Respecto de la solicitud de traslado refiere que, no es competencia de las jefaturas sino de la dirección regional, sin perjuicio que al ser el penal de Cauquenes el de ma

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo se declara, que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido a favor de Carlos Andrés Palacios Gaete, y en contra de Gendarmería de Talca. Sin perjuicio de lo anterior, la institución recurrida deberá adoptar todas las medidas necesarias a fin de salvaguardar la integridad física del amparado. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 443-2022/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día diecisiete de diciembre de dos mil veintidós comparece doña IVONNE BERNARDITA AGUILAR GONZALEZ interponiendo una acción de amparo en favor de CARLOS ANDRÉS PALACIOS GAETE, y en contra en contra de GENDARMERÍA DE CAUQUENES. Refiere que el 14 de diciembre hubo un allanamiento en el recinto penitenciario

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