CALISTO/VELÁSQUEZ
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que, con la cuenta dada por la relatora, teniendo presente el mérito de los antecedentes que tuvo a la vista el juez del grado para decretar la medida precautoria de celebrar actos y contratos, estimándose que en la especie se cumplen con los presupuestos de los artículos 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil, para acceder a la solicitud de la demandante reconvencional. Por estas consideraciones, se confirma la resolución pronunciada con fecha 27 de octubre de 2022 por Antonio Valdivieso Barrales Juez Subrogante del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, que concede medida precautoria de prohibición celebrar actos y contratos sobre Derechos hereditarios inscritos a nombre la demandante y demandada reconvencional de autos. Redacción de la Abogada integrante doña Margarita Campillay Caro. No firma el Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso. Comuníquese y devuélvase por interconexión Rol Civil N° 1358-2022.
Fallo
Por estas consideraciones, se confirma la resolución pronunciada con fecha 27 de octubre de 2022 por Antonio Valdivieso Barrales Juez Subrogante del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, que concede medida precautoria de prohibición celebrar actos y contratos sobre Derechos hereditarios inscritos a nombre la demandante y demandada reconvencional de autos. Redacción de la Abogada integrante doña Margarita Campillay Caro. No firma el Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso. Comuníquese y devuélvase por interconexión Rol Civil N° 1358-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, con la cuenta dada por la relatora, teniendo presente el mérito de los antecedentes que tuvo a la vista el juez del grado para decretar la medida precautoria de celebrar actos y contratos, estimándose que en la especie se cumplen con los presupuestos de los artículos 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil, para acceder a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica