MP C/ HUMBERTO ANTONIO NUNEZ LIZANA
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes, y de lo expuesto en audiencia por los intervinientes, conforme dispone el artículo 67 del Código Penal “Las penas impuestas por sentencia ejecutoria prescriben: La de reclusión y relegación perpetuos, en quince años. Las demás penas de crímenes, en diez años. Las penas de simples delitos, en cinco años. Las de faltas, en seis meses”, entienden estos sentenciadores que en la especie para efectos del cómputo se debe estar a la pena en concreto impuesta. En este caso, el encartado fue condenado por el Juzgado de Garantía de Colina con fecha 15 de junio del 2018 a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, por su participación como cómplice en el delito de robo en bienes nacionales de uso público, sin que haya iniciado el cumplimiento de esta, registrando una nueva condena con fecha 7 de mayo de 2020, esto es transcurrido con creces el plazo de prescripción de la primera condena. En este orden, tal como se adelantó, corresponde dar lugar a la prescripción gradual de la pena en favor del acusado, cuyo plazo se determina a partir de la pena en concreto. Por estas consideraciones se revoca la resolución de fecha 03 de diciembre de 2022, dictada por Juan Carlos Orellana Venegas, Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, y en su lugar se declara prescrita la pena de 41 días de prisión en su grado máximo impuesta al condenado Humberto Antonio Núñez Lizama, por su participación como cómplice en el delito de robo en bienes nacionales de uso público impuesta por Juzgado de garantía de Colina. Redacción de la Abogada integrante doña Margarita Campillay Caro. No firma el Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso. Comuníquese y devuélvase por interconexión Rol Penal N° 909-2022.
Fallo
Por estas consideraciones se revoca la resolución de fecha 03 de diciembre de 2022, dictada por Juan Carlos Orellana Venegas, Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, y en su lugar se declara prescrita la pena de 41 días de prisión en su grado máximo impuesta al condenado Humberto Antonio Núñez Lizama, por su participación como cómplice en el delito de robo en bienes nacionales de uso público impuesta por Juzgado de garantía de Colina. Redacción de la Abogada integrante doña Margarita Campillay Caro. No firma el Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso. Comuníquese y devuélvase por interconexión Rol Penal N° 909-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: El mérito de los antecedentes, y de lo expuesto en audiencia por los intervinientes, conforme dispone el artículo 67 del Código Penal “Las penas impuestas por sentencia ejecutoria prescriben: La de reclusión y relegación perpetuos, en quince años. Las demás penas de crímenes, en diez años. Las penas de simples delitos, en cinco añ
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