AREVALO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE IN
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Arévalo Rojas Matiz, de nacionalidad peruana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una acto ilegal o arbitraria al declarar inadmisible su solicitud de residencia definitiva, lo que vulnera su garantía fundamental de la igualdad ante la ley. Solicita que se acoja su acción y se ordene al recurrido que se deje sin efecto la resolución N° 21213129 de 18 de noviembre de 2021, y en su lugar se de tramitación a su petición. Funda su acción en que el motivo de la inadmisibilidad consiste en que al momento de realizar la solicitud la extranjera se habría encontrado fuera del país, lo que no sería efectivo, lo que pretende demostrar acompañando copia de su pasaporte con los registros de ingresos y egresos del país. Por tanto, la solicitud habría sido realizada en el territorio nacional ante autoridad competente. Segundo: Que comparece don Evelyn Pamela Maldonado Aguilera, postulante del Servicio Nacional de Migraciones, quien, informando al tenor del recurso, solicita el rechazo del mismo, fundado en que este ha perdido oportunidad toda vez que la autoridad tácitamente dejó sin efecto la resolución exenta N° 21213129 de 18 de noviembre de 2021, mediante la dictación de una nueva resolución exenta, N° 21478166 de fecha 13 de diciembre de 2021, que resolvió aprobar el avance de la solicitud del extranjero al estado de análisis resolutivo. Además, mediante la dictación de la resolución exenta N° 19896, de fecha 08 de marzo de 2022, se resolvió otorgar a la recurrente la residencia definitiva que solicitó. Tercero: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental, la denominada acción o recurso de protección requiere para su acogida la concurrencia copulativa de los siguientes presupuestos: a) Una conducta por acción u omisión ilegal o arbitraria; b) La afectación, expresada en privación, perturbación o amenaza, de
Fallo
Por tanto, la solicitud habría sido realizada en el territorio nacional ante autoridad competente. Segundo: Que comparece don Evelyn Pamela Maldonado Aguilera, postulante del Servicio Nacional de Migraciones, quien, informando al tenor del recurso, solicita el rechazo del mismo, fundado en que este ha perdido oportunidad toda vez que la autoridad tácitamente dejó sin efecto la resolución exenta N° 21213129 de 18 de noviembre de 2021, mediante la dictación de una nueva resolución exenta, N° 21478166 de fecha 13 de diciembre de 2021, que resolvió aprobar el avance de la solicitud del extranjero al estado de análisis resolutivo. Además, mediante la dictación de la resolución exenta N° 19896, de fecha 08 de marzo de 2022, se resolvió otorgar a la recurrente la residencia definitiva que solicitó. Tercero: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental, la denominada acción o recurso de protección requiere para su acogida la concurrencia copulativa de los siguientes presupuestos: a) Una conducta por acción u omisión ilegal o arbitraria; b) La afectación, expresada en privación, perturbación o amenaza, del legítimo ejercicio referido a determinados derechos esenciales garantizados en la misma Constitución y que se indican en el mencionado precepto; c) Relación de causalidad entre el comportamiento antijurídico y el agravio a la garantía constitucional; y d) Posibilidad del órgano jurisdiccional ante el cual se plantea de adoptar medidas de protección o caute
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 12: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Arévalo Rojas Matiz, de nacionalidad peruana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una acto ilegal o arbitrar
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