VIRGILIO/EL LAGO INMOBILIARIA Y COMERCIAL SPA
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la resolución recurrida, eliminándose el
Fundamentos
considerando tercero, y en su lugar se tiene presente: Que para la regulación de los honorarios de los profesionales que hayan intervenido en el negocio debe tenerse especialmente en consideración la cuantía del asunto debatido, la dificultad de la materia objeto del juicio y el tiempo que debió emplearse en la diligencia, parámetros todos que al ser considerados en este caso ameritan acoger la objeción planteada por la parte demandado y rebajar, subsiguientemente, el monto de los honorarios propuestos por el perito tasador, al estimarse excesivo el monto fijado.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 138 y siguientes y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y 411 del mismo cuerpo legal, SE REVOCA la resolución de fecha treinta de septiembre del año dos mil veintidós; y en su lugar se declara que se acoge la objeción planteada por el demandado y que, en consecuencia, se reduce el monto de los honorarios del perito tasador a la suma de dos millón de pesos ($2.000.000.-). Devuélvase. N°Civil-1577-2022. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la resolución recurrida, eliminándose el considerando tercero, y en su lugar se tiene presente: Que para la regulación de los honorarios de los profesionales que hayan intervenido en el negocio debe tenerse especialmente en consideración la cuantía del asunto debatido, la dificultad de la materia objeto del j
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