SIN INFORMACION

VALECILLOS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección a favor de Miguel Ángel Valecillos Gillezeau, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 01 de septiembre de 2020, lo que estima conculca la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene se pronuncie sobre la misma. Estima que esta omisión en el pronunciamiento infringe el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Extranjería y Migración, solicitando el rechazo de la acción. Indica que mediante el comunicación electrónica a folio a N° 18990011, de 4 de octubre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, enviada al correo proporcionado por el mismo extranjero al momento de presentar su solicitud, se informó que con los antecedentes que este Servicio tenía a la vista, su solicitud de permanencia definitiva no se encontraba en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de análisis y procesamiento de antecedentes, en cuanto el certificado de antecedentes presentado, emitido por el país de origen, no se encuentra legalizado o apostillado. Señala que, habiendo transcurrido el plazo otorgado de cinco días hábiles para la subsanación del certificado de antecedentes acompañado, y no enviándose el documento solicitado por la autoridad migratoria, se procedió a decretar el desistimiento de su solicitud de permanencia definitiva, a través de la Resolución Exenta N° 21515480, de fecha 23 de diciembre de 2021, según lo dispuesto en el artículo 31 inciso final de la Ley N°19.880, notificándose mediante correo electrónico. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, del mérito de los antecedentes y de lo señalado por el Servicio Nacional de Migraciones, se advierte que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra resuelto mediante Resolución Exenta N° 21515480, de fecha 23 de diciembre de 2021, al decretarse el desistimiento de la misma por no haberse acompañado el documento solicitado dentro del término otorgado por la recurrida, por lo que no existen antecedentes que den cuenta de un hecho constitutivo de alguna vulneración a la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, toda vez el proceso administrativo se encuentra concluido, motivo por el cual la presente acción será rechazada, conforme se dirá en lo resolutivo, por no existir medidas que esta Corte pueda adoptar al respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de Miguel Ángel Valecillos Gillezeau, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-153584-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección a favor de Miguel Ángel Valecillos Gillezeau, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 01 de septiembre de 2020, lo que estima conculca la garantía c

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