MOYA/TRANSBANK SA
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
NULIDAD DEL DESPIDO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha tres de enero de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-3066-2021, en forma oral, se acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Patricia Moya Vásquez, en contra de Transbank S.A., sin costas. Contra esta sentencia la demandada dedujo recurso de nulidad, invocando de forma subsidiaria las causales del Código del Trabajo contenidas en los artículos 478 letra e), 478 letra b) y 477 por infracción de ley. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó únicamente la abogada de la demandada y recurrente.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la parte demandada invoca -como causal principal -la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado el
Fallo
fallo con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 N°4 del mismo Código, esto es, el análisis de toda la prueba rendida, de los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Primeramente, fundamenta la causal en que la sentencia solo se remite a la carta de despido, sin analizarla ni razonarla, además de omitir pronunciarse y analizar la restante prueba. Respecto de esta última, estimando que acreditaría los hechos de la carta. Adicionalmente, contraría que dicha carta no contenga los hechos que sustentan la decisión del empleador, como se indica en el considerando octavo. Postula que de no haberse omitido tal análisis, la demanda habría sido rechazada. Segundo: Que como causal subsidiaria, la demandada recurrente esgrime la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado el fallo con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, por haber incurrido en una argumentación en base a falsos antecedente y saltos en el desarrollo lógico del análisis. Fundamenta la causal en que la sentencia consideró que la carta no contiene los hechos que sustentan la decisión del empleador, toda vez que no dice en qué consiste la reestructuración a la que alude, sus motivos y por qué no se pudo reubicar a la trabajadora. De este modo, aquella razonó que los hechos señalados no fundan la causal esgrimida para el despido. Al respecto, afirma qu
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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Por sentencia de fecha tres de enero de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-3066-2021, en forma oral, se acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Patricia Moya Vásquez, en contra de Transbank
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