ROZO LINARES SUSAN SHEILYN / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Susan Sheilyn Rozo Linares, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Solicita se acoja el recurso y se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, ordenando a la recurrida que dicte la resolución que en derecho se corresponda Expone que con fecha 3 de enero de 2020, efectuó solicitud de permanencia definitiva, sin que hasta la fecha haya obtenido respuesta sobre su petición. Agrega que cuando consulta por los medios oficiales solo le indican que se encuentra con un 45% de avance. SEGUNDO: Que al evacuar su informe la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Detalla que la recurrente solicitó beneficio de permanencia definitiva con fecha 17 de noviembre de 2020. Luego, mediante Resolución Exenta N° 21385539 de fecha 8 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, se aprueba el avance de solicitud de permanencia definitiva del extranjero a la etapa de Análisis Avanzado, lo que implica el análisis de documentos fundantes y evaluación económica de la solicitante; generación y solicitud de orden de giro para pago de derechos, si corresponde; análisis documental avanzado de acuerdo a la actividad, económica declarada de cada solicitante; y acreditación de vínculos familiares mediante documentos idóneos cuando sea pertinente. A consecuencia de lo anteriormente señalado, estando en tramitación la solicitud de la recurrente deriva que mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, es que entiende esta autoridad que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. TERCERO: Conforme a lo dispuesto e
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor Susan Sheilyn Rozo Linares, en contra del Departamento de Extranjería y Migración hoy Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto, se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, dentro del plazo de treinta días hábiles, adoptándose una decisión definitiva sobre el particular. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-39561-2021.
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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Susan Sheilyn Rozo Linares, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de p
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