SIN INFORMACION

MANRIQUEZ CARRASCO CAMILO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Maritza Carrasco Inostroza, en favor de Camilo Manríquez Carrasco, actualmente privado de libertad, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al beneficio, vulnerando su derecho a la libertad personal. Solicita que se acoja el recurso, concediendo la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que, evacuó informe el Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, Sr. Alejandro Aguilar Brevis. Refiere que, por resolución de 24 de octubre pasado, se decidió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Manifiesta que, si bien el amparado cumple con las exigencias legales de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la Comisión razonó con el mérito del informe de postulación psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia (s) de la (s) sentencia (s) expedida (s) en su contra, antecedentes pretéritos e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede comprobar que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Camilo Manríquez Carrasco. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4577-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Maritza Carrasco Inostroza, en favor de Camilo Manríquez Carrasco, actualmente privado de libertad, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al beneficio, vulnerando su derecho a la liber

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