SIN INFORMACION

ESPEJO/MONTENEGRO

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Rodrigo Felipe Espejo Villanueva, vigilante privado, quien interpone recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, por el acto que considera ilegal y arbitrario consiste efectuar descuento en su remuneración, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 N° 1 y 24. Funda el recurso expresando que se le comenzó a descontar una suma de dinero considerable de forma total y absolutamente arbitraria, afectando su patrimonio e ingreso mensual, con el que mantiene a su familia. Manifiesta estar desesperado, tratando de sobrevivir con el resto de dinero mensual que le queda. En cuanto a las garantías invocadas, refiere que la conducta que imputa a la recurrida, y en especial al daño causado a su patrimonio, configuran un evidente y grave atentado actual y continuo, a su derecho de propiedad. Finalmente, pide acoger el recurso, declarando que se debe restablecer el imperio del derecho sobre la base de cesar de forma inmediata, en la ejecución de cualquier acto material que implique afectación de las garantías que invoca, además de establecer la obligación de la recurrida en orden a proceder, en forma inmediata, a reparar, a su propio costo y entera satisfacción del afectado recurrente, el daño patrimonial causado, con la restitución de lo descontado, con costas. SEGUNDO: Que, informando, comparece doña Yasna Vukic Z., abogada, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, quien solicita el rechazo del recurso. Indica que, al Señor Espejo, La Araucana C.C.A.F., le otorgó el 06 de junio de 2016, el crédito social Folio N° 137000170204, por un monto total de $6.021.070 pesos, a una tasa de 1.88%, pactado en un plazo de 60 meses, con una cuota de $188.461 pesos, a descontar desde su remuneración a partir de julio de 2016, por su empleador Ferrocarriles del Estado. Refiere qu

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en estos autos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-93828-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señor Alejandro Rivera Muñoz, señora Jenny Book Reyes y el Ministro (S) señor Sergio Enrique Padilla Farias. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Rodrigo Felipe Espejo Villanueva, vigilante privado, quien interpone recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, por el acto que considera ilegal y arbitrario consiste efectuar descuento en su remuneración, vulnerando de es

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