SIN INFORMACION

PARRA QUEZADA MAURICIO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Andrea Quinteros Saldías, abogada, a favor de Mauricio Alejandro Parra Quezada, cédula de identidad N°15.469.928-7, privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de 24 de octubre del presente año, rechazó conceder el beneficio de la libertad condicional al amparado. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 10 años y 1 día impuesta por el delito de Robo con fuerza en lugar habitado, inició su condena con fecha 2 de agosto de 2015, la que termina con fecha 3 agosto de 2025, restando a la fecha un saldo de condena de 2 años, 10 meses y 2 días. Agrega que cumplió el tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional, el 03 de abril de 2021y registra en los 4 últimos bimestres “Muy Buena Conducta”. Sostiene que ha reunido los requisitos exigidos por el D.L. 321 para que se le conceda la libertad condicional. Luego, transcribe el fundamento dado para el rechazo de la postulación y arguye que la resolución administrativa mediante la cual se rechazó conceder el beneficio solicitado por la supuesta falta del cumplimiento de los requisitos legales para otorgarla, es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal del amparado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. Alega que el acto es ilegal, en cuanto infringe lo dispuesto en el Decreto Ley N°32 sobre Libertad Condicional y el Decreto N°338 de septiembre 2020 que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. En ese sentido, indica que el amparado ha reunido los requisitos exigidos por el D.L. 321 para que se le conceda la libertad condicional. Sin embargo, la resolución desconoce el carácter progresivo de la reinserción toda vez que no realiza un análisis integral y objetivo de los diferentes requisitos. En efecto, la Comisión omite referirse a las actividades de reinserc

Fallo

Por tanto, la Comisión al fundamentar su decisión meramente en los aspectos negativos expuestos en el informe psicosocial de Gendarmería, desconoce la finalidad que tiene aquél dentro de la postulación. Considera que lo correcto sería que el informe se analizara en vías a establecer la factibilidad de que el postulante pueda cumplir su reinserción en el medio libre con las herramientas que el legislador entrega para aquello, y no estimar dichos aspectos a trabajar, como motivo para fundamentar el rechazo al beneficio. Asimismo, alega que es arbitraria por cuanto la Comisión de Libertad Condicional dentro de su decisión la entidad de la pena y el saldo de cumplimiento de la misma, la entidad de los delitos, cuya ponderación no está considerada en la ley, sino al momento de establecer un tiempo mínimo para optar a los beneficios. Además, argumenta que no considera en su fundamentación la circunstancia de que el amparado se encuentra cumpliendo condena en un Centro de Educación y Trabajo, dependiente de Gendarmería. De lo anterior colige que, si el amparado pudo acceder al ingreso a un Centro de Educación y Trabajo (previo estudio por parte del Consejo Técnico), el mismo presenta en sí las características que exige dicho sistema, propias de un individuo que ha avanzado sustancialmente en su proceso de reinserción social. Estima que dichas características, al ser relevantes e indicativas de un sustancial avance resocializador, deben ser consideradas por la Comisión de Liberta

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Andrea Quinteros Saldías, abogada, a favor de Mauricio Alejandro Parra Quezada, cédula de identidad N°15.469.928-7, privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano, quien interpone recurso de amparo en

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