MP C/ MATIAS ERWIN ZUCHEL CARRASCO
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Que la declaración de la víctima, de los funcionarios policiales y los documentos de atención de urgencia, permiten tener por concurrentes los presupuestos materiales de los ilícitos formalizados, por cuanto existe concordancia e inmediación entre ellos, sin perderse de vista que al haber sido el encartado condenado por varios de los ilícitos que ahora se investigan y contra la misma víctima, existe mayor plausibilidad de su ocurrencia. También concurre necesidad de cautela, en razón de tratarse de un imputado con antecedentes pretéritos, respecto del que se invoca una circunstancia agravante, y al que se le atribuye una pluralidad de delitos, por lo que debiendo esta Corte velar por la seguridad de la víctima y no existiendo, por ahora, otra medida posible, no queda más que mantener la cautelar que se analiza., por lo que visto además lo dispuesto en los artículos 358 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada con fecha trece de diciembre del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia sin perjuicio de su notificación por el estado diario. N°Penal-531-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan Chillan, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Que la declaración de la víctima, de los funcionarios policiales y los documentos de atención de urgencia, permiten tener por concurrentes los presupuestos materiales de los ilícitos formalizados, por cuanto existe concordancia e inmediación entre ellos, sin perderse de vista que al haber sido el encartado condenado por
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