SIN INFORMACION

CESAR ULISES QUIROZ ORTIZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el defensor penal público penitenciario Rodolfo Robles Pino, quien deduce recurso de amparo en favor de Cesar Ulises Quiroz Ortiz, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Puente Alto, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional a su representado. Explica que la persona en cuyo favor recurre se encuentra cumpliendo una pena de 4 años como autor del delito de robo en lugar habitado, registrando como fecha de inicio de condena el 19 de noviembre de 2019, estimándose como fecha de término el 19 de noviembre de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular al beneficio el 19 de julio del año en curso. Indica que la conducta del interno referida a los últimos cuatro bimestres ha sido calificada como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal e infundadamente. Explica que el Informe de Gendarmería da cuenta de los avances del interno en su proceso de reinserción social, destacando que se encuentra cursando 1º y 2 medio, que ha tenido acceso a una agrupación religiosa donde ejecuta labores como encargado de disciplina y aseo y mantención. Indica que es parte del taller de artesanía en cuero y que su proyecto en el medio libre dice relación con al rubro del transporte y que su hermana reporta proyección laboral en construcción. Refiere que la Comisión realiza una errónea interpretación ya que el informe de Gendarmería da cuenta de que el amparado no forma parte del Programa para Personas Privadas de Libertad debido a que no cumple con el requisito de tiempo. Alega que dicha situación no puede ser imputada al condenado, ya que la obligación legal de reinserción social corresponde al Estado. Solicita que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la resolución de la Comisión de Libertad Condicional decretando que se le concede dicha libertad. Segundo: Que informa

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Cesar Ulises Quiroz Ortiz en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N° 928-2022-Amparo.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó el abogado defensor penal público don Rodolfo Robles Pino. San Miguel, a 22 de diciembre de 2022. M. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 10: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el defensor penal público penitenciario Rodolfo Robles Pino, quien deduce recurso de a

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