M. PUBLICO C/ GERARDO ENRIQUE CARVAJAL BERRIOS
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, el Ministerio Público, ha deducido recurso de apelación en contra del auto de apertura de Juicio Oral simplificado por haber sido excluido como prueba para ser rendida en el juicio del caso, prueba el CD que contiene la grabación de audio de la Central de comunicaciones (CENCO) correspondiente al llamado efectuado por la víctima, solicitando auxilio y la concurrencia de personal de Carabineros de Chile. SEGUNDO: Que estos sentenciadores son del parecer que la exclusión decretada por el juez a quo, del medio probatorio ofrecido por el Ministerio Público, no se ha fundado en alguna de los supuestos previstos en el artículo 276 del Código Procesal Penal, sino que, en la naturaleza de la prueba ofrecida, cuestión que incide en el valor probatorio que en su oportunidad deberá ser ponderado, siendo, en consecuencia, improcedente su exclusión por los
Fundamentos
motivos señalados en la resolución que se revisa.
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 276, 277, 358 y 360 del referido texto legal, SE REVOCA, en lo apelado, el auto de apertura de juicio oral de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Ovalle y en su lugar se resuelve que se rechaza la exclusión de prueba planteada por la defensa respecto del CD que contiene la grabación de audio de la Central de comunicaciones (CENCO), el cual debe ser incorporado como prueba en el mentado auto de apertura del juicio oral. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relatora (S) señora Constanza Sepúlveda Grusic quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1522-2022 Penal.- En La Serena, a veintidós de diciembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Siendo las 11:49 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por el Ministerio
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