MARIN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que se interpone recurso de protección a favor de Jaime Andrés Marín Gordillo, de nacionalidad colombiana, número de pasaporte AX466919, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en relación al pronunciamiento y visualización correspondiente de la solicitud de visa sujeta a contrato de fecha 05 de enero de 2022, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Solicita se ordene a la recurrida que emita pronunciamiento. Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por haber perdido oportunidad, toda vez que se otorgó al recurrente la visa de residencia solicitada, por lo que ya no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y protegidas por la presente acción. Refiere que mediante Resolución Exenta N° 75280 de fecha 1 de septiembre de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, se otorgó al extranjero JAIME ANDRES MARIN GORDILLO, de nacionalidad colombiana, un permiso de residencia TEMPORAL, por el periodo de 2 años, en condición de titular, resolución que adjunta al informe. Precisa que para que se materialice el beneficio indicado, el recurrente debía pagar los derechos de esta visa, lo cual efectuó con fecha 2 de diciembre de 2022. Posteriormente, ya efectuado el pago de los derechos, deberá ingresar a la página web www.extranjeria.gob.cl en TRÁMITES DIGITALES, para activar su Estampado Electrónico, el cual quedará disponible en un plazo no superior a 10 días hábiles para ser descargado desde el pago. En virtud de lo resuelto y habiéndose otorgado la visa de residencia tem
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes acompañados por la recurrida, específicamente Resolución Exenta N° 75280 de fecha 1 de septiembre de 2022, consta que se otorgó al extranjero Jaime Andrés Marín Gordillo, de nacionalidad colombiana, un permiso de residencia temporal, por el periodo de 2 años, en condición de titular, razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, atendido que la tramitación de la solicitud se encuentra concluida, motivo suficiente para rechazar el recurso, por haber perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección a favor de Jaime Andrés Marín Gordillo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-134242-2022. En Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Que se interpone recurso de protección a favor de Jaime Andrés Marín Gordillo, de nacionalidad colombiana, número de pasaporte AX466919, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en relación al pronunciamiento y visualización correspondiente de la solicitud de visa sujeta a
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