SIN INFORMACION

SIERRA/STAMBUK

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

hechos en que se apoya el recurso. Señalan que la junta calificadora siempre calificó al Dr. Sierra de acuerdo a los procedimientos establecidos. Dan cuenta del primer sumario administrativo instruido en contra del recurrente, por los hechos ocurridos con D. Lizbeth Fuentealba, el cual concluyó que si bien existió un trato inadecuado de parte del Dr. Sierra hacia la Sra. Fuentealba, el recurrente dio las excusas correspondientes y en tal sumario fue sobreseído mediante Resolución Exenta N°1391 de fecha 12 de marzo del año 2021. En cuanto al segundo sumario, exponen que este trató sobre los hechos de acoso en contra de la funcionaria Francisca González Serrano, procedimiento que se encuentra en la parte resolutoria. Aducen que del tenor del recurso de protección pareciera que se trata de una tutela con ocasión del despido, como si fuera un juicio de lato conocimiento, que no es compatible con la protección, y además, indican que el Hospital se ha ceñido en todo momento a los procedimientos establecidos en la ley. Respecto a la no renovación del contrato, señalan que el Subdirector Médico la solicitó con el objetivo de proteger eficazmente la salud de la doctora González Serrano, con el fin de evitar y garantizar su salud mental

Fundamentos

considerando: Primero: Con fecha 12 de febrero de 2022, comparece don Emilio Azat Mellado, abogado, en representación de don Marcelo Andrés Sierra Soto, e interpone recurso de protección en contra del Hospital San Juan de Dios, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente y de los señores José Antonio Salinas Torres -Médico Cirujano-, Gustavo Mena Pinela -Subdirector de Gestión y Desarrollo de Personas- y Juan Stambuk Mayorga -Médico Cirujano-, por la Resolución Exenta Nro. 396/2022 de fecha 13 de enero de 2022 que resolvió no renovar los contratos del recurrente en sus cargos de 22 y 28 horas, a contar del 01 de enero de 2022, “por disposición de la autoridad”. Refiere que se ha desempeñado como médico cirujano del Servicio de Cirugía del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, desde marzo del año 2010, en forma ininterrumpida por más de 11 años, manteniendo hasta la fecha dos contratos con el HSJD-CDT por 22 y 28 horas, de conformidad a las leyes 19.664 y 15.076 respectivamente. Que posee las máximas calificaciones, distinciones, felicitaciones en OIRS. Da cuenta que el año 2019 el Dr. Juan Stambuk Mayorga asumió como Jefe de Cirugía del HSJD-CDT, y

Fallo

por tanto como superior jerárquico del recurrente, quien lo acosó laboralmente a fin de obtener su renuncia, mobbing que se inició cuando el recurrente decidió dejar de formar parte de los cirujanos de las listas de espera de colecistectomías. Dicho acoso incluyó evaluaciones semestrales negativas carentes de causa justificada; sumario administrativo carente de sustento, rechazado; degradar la posición del recurrente, quitándole la jefatura del turno y dejándolo en quinto lugar en dicha jerarquía; ataques a su reputación e imagen mediante comentarios negativos; segundo sumario carente de fundamentos, aún en curso, pese a lo cual se determinó su separación de funciones. Indica que debido al acoso sufrido, el 15 de noviembre de 2021, efectuó denuncia interna por acoso laboral en contra del recurrido Dr. Stambuk, la cual fue recepcionada por el recurrido Sr. Gustavo Mena quien incurrió en dilación injusta, transgrediendo el manual de procedimiento de denuncia de situaciones de acoso laboral, a objeto de permitir que se concretaran los actos administrativos de separación del recurrente. Que en definitiva, el recurrido Sr. Mena optó por no dar curso efectivo al sumario administrativo por acoso laboral que fuere denunciado, omitió hacer uso de sus facultades, y no actuó con la celeridad necesaria. Señala que 13 de enero de 2022 el Director del Hospital y recurrido en autos, don José Antonio Salinas Torres, dictó la Resolución Exenta Nro. 396/2022, mediante la cual se dispuso la no

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Vistos, teniendo presente y considerando: Primero: Con fecha 12 de febrero de 2022, comparece don Emilio Azat Mellado, abogado, en representación de don Marcelo Andrés Sierra Soto, e interpone recurso de protección en contra del Hospital San Juan de Dios, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente y de los señores José Anto

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