CONSTRUCTORA FIGUZ S.A./HEIMPELLER
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
EXHORTO-[CIVIL]
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido lo dispuesto en el artículo 339 del Código de Procedimiento Civil y los términos en que fue concedido el exhorto, el que expresamente contiene las facultades de “pronunciarse sobre eventuales entorpecimientos y fijación de termino especial”, y teniendo presente las circunstancias invocadas por el recurrente en cuanto a la no comparecencia de los testigos legalemente citados, se revoca, la resolución de quince de septiembre de dos mil veintidós, y en su lugar se declara que se acoge el entorpecimiento promovido por la demandante y se fija un termino probatorio especial de siete días para la rendición de la prueba testimonial individualizada en el exhorto Rol E-1357-2022, del ingreso del 1° Juzgado Civil de Chillan. En su oportunidad devuelvase. N°Civil-658-2022.
Fallo
se declara que se acoge el entorpecimiento promovido por la demandante y se fija un termino probatorio especial de siete días para la rendición de la prueba testimonial individualizada en el exhorto Rol E-1357-2022, del ingreso del 1° Juzgado Civil de Chillan. En su oportunidad devuelvase. N°Civil-658-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Mgab/rps Chillán, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido lo dispuesto en el artículo 339 del Código de Procedimiento Civil y los términos en que fue concedido el exhorto, el que expresamente contiene las facultades de “pronunciarse sobre eventuales entorpecimientos y fijación de termino especial”, y teniendo presente las circunstancias invocadas por el recurr
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