PENTA VIDA CÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A./INMOBILIARIA E INVERSIONES FEEDON LIMITADA ACUM. ING. CORTE 9462-2021, 9882-2022 Y 12008-2022.-
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA CON COSTAS
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veintisiete de mayo del año dos mil veintiuno. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintisiete de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el 2°Juzgado Civil de Santiago, con costas del recurso. II.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de nueve de agosto del año dos mil veintiuno. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de nueve de agosto del año dos mil veintiuno, dictada por el 2°Juzgado Civil de Santiago, con costas del recurso. III.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veintiocho de abril del año dos mil veintidós. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintiocho de abril del año dos mil veintidós, dictada por el 2°Juzgado Civil de Santiago, con costas del recurso. IV.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinte de julio del año dos mil veintidós Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veinte de julio del año dos mil veintidós, dictada por el 2°Juzgado Civil de Santiago, con costas del recurso. Devuélvase vía interconexión. N° 6677-2021 Civil (Acumulada a los N°s 9462-2021, 9882-2022 y 12008-2022 Civil).
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Camila Golott Otarola y el abogado don Patricio Rodríguez Vignoli por y contra los recursos. Santiago, 21 de diciembre de diciembre de 2022. Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 48 y 49: Téngase presente. Al escrito folio N° 50: Atendido lo dispuesto en el artículo 165 N°5 del Código de Proc
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